La sentencia establecida por el Tribunal Supremo ha supuesto una serie de cambios en los costes de constitución de dicho crédito. La relevancia que ha tenido este caso ha sido bastante amplia debido a la gran cantidad de reclamaciones y demandas judiciales que levantó el fallo anterior. Teniendo en cuenta que el efecto no es para todos el mismo dependiendo de las condiciones del crédito.
A continuación, desde Gesincor Consultores queremos hablar de un tema que a día de hoy sigue bastante vigente entre las asesorías en Sevilla.

¿Qué cantidad supone cada uno de los gatos de la constitución de hipoteca?

Para una hipoteca media de unos 150.000 euros, los gastos rondan los 5.300 euros. Teniendo que pagar principalmente: Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (3.600 euros), notaría (978 euros), registro (443 euros) y gestorías en Sevilla (314 euros).

¿En qué ha quedado?

El nuevo fallo del supremo da lugar a un reparto de los gastos entre las entidades financieras y los consumidores. Siempre contando con algunas excepciones.

¿Quién pagará el notario?

Tanto bancos como clientes deberán pagar de forma equitativa los costes notariales en la realización de la escritura del préstamos y su posible modificación. Pero en el caso de que se trate de la cancelación de la misma, los gastos corren a cuenta del cliente.

La copia de los documentos la pagará la parte que la pida.

¿Y los aranceles de registro?

En este caso el Tribunal ha estipulado que el interesado en registrar el crédito es el prestamista por lo que correrá a su cuenta los gastos dedicados del mismo. A su vez, la cancelación correrá a costa del cliente.

Gastos de la asesoría

Será un acuerdo a 50% cada una de las partes que firman dicho contrato.

¿Cambia el impuesto hipotecario?

No. El Supremo dictaminó que el impuesto de Actos Jurídicos Documentados (AJD) debe pagarlo el cliente.