Siempre es bueno conocer tus derechos con la Administración Pública. Puede que parezca una batalla perdida pero existe todo un conjunto de leyes que defiende al ciudadano frente a la administración para poder defendernos ante casos en los que creamos que está actuando como debería.

En nuestra gestoría en Sevilla siempre pedimos calma para poder gestionar este tipo de conflictos. Cabe destacar que se encuentra todo recogido de forma genérica dentro de la Constitución. Siendo más concretamente dentro de la Ley 39/2015, de 1 de diciembre, del Procedimiento Administrativo común de las Administraciones Públicas.

Desde Gesincor Consultores queremos explicaros que existen dos tipos de mecanismos.

De carácter reactivo o «a posteriori»

Hay todo un sistema de recursos administrativos y judiciales que controlan la actividad que ya se ha producido en la Administración Pública.

De carácter proactivo o «a priori»

Hay que partir de que las Administraciones Públicas someten su actuación a la Ley y al Derecho. De forma que garantizan un equilibrio entre eficacia administrativa y salvaguardar los derechos de la ciudadanía. Se consigue mediante el procedimiento administrativo y el cuadro de derechos que tienen los ciudadanos ante la administración.

Por un lado, el procedimiento administrativo está sujeto a la citada Ley 39/2015. Mientras que los derechos que tenemos los ciudadanos ante la Administración se encuentre en el artículo 13 de esa ley, siendo:

  • A comunicarse con las Administraciones a través de un Punto de Acceso General electrónico.
  • A ser asistidos en el uso de los medios electrónicos relacionados con las administraciones.
  • A utilizar las lenguas oficiales en el territorio de su Comunidad Autónoma.
  • A la información pública, archivos y registros que se encuentra reflejados en la ley 19/2013 de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno y el resto del Ordenamiento Jurídico.
  • A ser tratados con respeto y diferencia por las autoridad y empleados públicos. Estos deben de facilitarle el ejercicio de sus derechos y cumplimiento de sus obligaciones.
  • A exigirle a la Administración y autoridades responsabilidades cuando corresponda legalmente.
  • Utilización y obtención de medios de identificación y ficha electrónica que se recogen en esta Ley.
  • A la protección de datos personales, y en concreto a la seguridad y confidencialidad de los datos que se encuentran dentro de los sistemas, ficheros y aplicaciones de las Administraciones Públicas.

Si tiene alguna duda ante este esta no dude en contactar con nuestra gestoría en Sevilla.