Desde nuestra asesoría en Sevilla queremos hablaros de los puntos más importantes del Impuesto sobre Actividades Económicas. Este impuesto grava cualquier actividad económica de nuestro país, con independencia de su sector. No importa si eres autónomo o una empresa, tendrás que estar dado de alta en el IAE y presentar en los plazos establecidos las declaraciones necesarias.

Durante los dos primeros años de actividad económica no tendrás que pagar el Impuesto Sobre Actividades Económicas ya seas autónomo o empresa. Una vez que pase ese periodo deberás de pagarlo siempre y cuando tus ingresos superen el millón de euros en el penúltimo año anterior al devengo del impuesto.

Tipos de IAE

En función de lo que debas de notificar a la Agencia Tributaria encontramos:

  • Declaración de alta. Tienes un mes desde que inicias tu actividad económica para darte de alta en el IAE. Desde este momento tendrás el periodo de dos años sin pagar este impuesto.
  • Declaración de variación. Si existe algún cambio en tu negocio que tenga influencia en los elementos sobre los que se calcula el IAE tienes un mes para declararlo.
  • Declaración de bajas. En el caso de cesar tu actividad económica cuentas con un mes para poder notificarlo.
  • Declaración de comunicación del impueste neto de cifra de negocios. Es una declaración para notificar a Hacienda tus ingresos. Solo es necesaria cuando los ingresos son mayores de un millón de euros y no estás dentro del periodo de exención.

Tendrás que presentar una serie de modelos. El 848 es el modelo que se utiliza para notificar a Hacienda el total de ingresos, quedas exento si lo has hecho en la declaración del Impuesto de Sociedades, en el Impuesto sobre la Renta de No Residentes o en el modelo 184.

Por su parte, los modelos 036 y 037 permiten dar de alta la actividad económica que realizas y el lugar donde la llevas a cabo. Ya seas autónomo o empresa, debes de presentar uno de los dos, sin tener en cuenta el volumen de ingresos que poseas.

En Gesincor Consultores te ayudamos con el IAE. Acude a nuestra asesoría en Sevilla para conocer un poco más a fondo este impuesto y las acciones que debes de llevar a cabo.