Hacerse autónomo es una decisión importante que implica una serie de obligaciones y derechos legales en España. Trabajar por cuenta propia puede ser una opción atractiva para aquellos que desean tener más control sobre su carrera profesional, establecer su propio horario y gestionar sus ingresos. Sin embargo, no siempre está claro cuándo es necesario darse de alta como autónomo y asumir las obligaciones fiscales y de seguridad social que esto conlleva. En este artículo, desde Gesincor Asesores, analizaremos en detalle en qué situaciones es obligatorio hacerse autónomo en España, qué factores deben tenerse en cuenta y cuáles son los pasos a seguir.

1. ¿Qué Significa Ser Autónomo?

En términos generales, un autónomo es una persona que realiza una actividad económica por cuenta propia, sin un contrato laboral con una empresa. Esto incluye una amplia variedad de profesiones y actividades: desde freelancers, consultores y profesionales liberales (como abogados o arquitectos), hasta pequeños comerciantes, artesanos y trabajadores del sector servicios.

El autónomo está obligado a darse de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) de la Seguridad Social, emitir facturas por su trabajo, declarar sus ingresos y cumplir con una serie de obligaciones fiscales.

2. ¿Cuándo es Obligatorio Darse de Alta como Autónomo?

Determinar cuándo es necesario hacerse autónomo puede depender de varios factores, pero en términos legales hay criterios claros que indican cuándo una persona debe darse de alta:

2.1. Actividad Económica Habitual y Continuada

La norma general establece que si una persona realiza una actividad económica de manera habitual, personal y directa para obtener ingresos, debe darse de alta como autónomo. La habitualidad es un concepto clave aquí y se refiere a la frecuencia y continuidad de la actividad.

– Frecuencia: Si la actividad se realiza regularmente (por ejemplo, todos los meses o varias veces al año), es un indicio claro de que es necesario darse de alta como autónomo.
– Volumen de ingresos: Aunque no hay un umbral de ingresos definido por la ley, los tribunales y la Seguridad Social suelen considerar que si los ingresos superan el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) anual, es necesario darse de alta.

2.2. Ingresos Regulares por Encima del SMI

Aunque no es un criterio absoluto, una referencia común es el Salario Mínimo Interprofesional (SMI), que en 2024 está en 1.080 euros al mes (14 pagas anuales). Si los ingresos anuales derivados de una actividad por cuenta propia superan esta cantidad, es muy probable que sea obligatorio hacerse autónomo.

Sin embargo, este umbral no es determinante por sí solo. Incluso si los ingresos no alcanzan el SMI, si la actividad se realiza de forma continua y se considera habitual, la Seguridad Social puede exigir el alta como autónomo.

2.3. Ejercicio de Profesiones Liberales o Actividades Reguladas

Hay actividades que, por su naturaleza o regulación profesional, requieren obligatoriamente el alta como autónomo. Esto incluye profesiones como abogados, arquitectos, médicos, diseñadores, programadores o periodistas freelance, quienes suelen trabajar bajo esta modalidad.

Además, muchas de estas profesiones están colegiadas, lo que implica que es necesario estar dado de alta en el RETA para ejercerlas legalmente.

2.4. Obligaciones Contractuales o Relación con Clientes

En algunos casos, aunque los ingresos sean bajos o la actividad no sea continua, los clientes o empresas pueden exigir que el trabajador esté dado de alta como autónomo para poder emitir facturas válidas. Esto suele ocurrir en colaboraciones puntuales o trabajos freelance.

Asimismo, la relación contractual con los clientes puede ser un indicio de la necesidad de darse de alta, especialmente si se trabaja para una empresa de forma recurrente.

3. Situaciones Especiales: ¿Cuándo No Es Necesario Darse de Alta?

Existen algunas situaciones en las que, aunque se realice una actividad económica, no es estrictamente necesario hacerse autónomo:

3.1. Actividades Ocasionales o Esporádicas

Si la actividad económica se realiza de forma puntual y no tiene continuidad en el tiempo, no sería obligatorio darse de alta como autónomo. Por ejemplo, alguien que da una conferencia puntual o vende productos artesanales de manera esporádica no tendría que inscribirse en el RETA si no realiza esta actividad de forma habitual.

3.2. Ingresos Inferiores al SMI y No Habituales

En la práctica, si los ingresos son bajos y la actividad no se realiza de forma habitual, es posible no darse de alta como autónomo. Este es un caso común entre personas que realizan trabajos ocasionales, como clases particulares o pequeñas ventas.

No obstante, aunque no sea obligatorio darse de alta en la Seguridad Social, sí será necesario declarar los ingresos a Hacienda y emitir facturas si se requiere.

3.3. Compatibilidad con Otro Trabajo por Cuenta Ajena

En algunos casos, personas que trabajan por cuenta ajena deciden realizar actividades adicionales por cuenta propia. En estas situaciones, aunque los ingresos sean bajos, si la actividad es habitual, será necesario darse de alta como autónomo. Sin embargo, pueden aplicar bonificaciones y reducciones en la cuota de autónomos, como en el caso de la pluriactividad.

4. Procedimiento para Darse de Alta como Autónomo

Este proceso es mucho más llevadero de la mano de nuestra asesoría en Sevilla. Una vez que se determina que es necesario darse de alta como autónomo, el proceso a seguir es el siguiente:

4.1. Alta en Hacienda (Modelo 036 o 037)

El primer paso es darse de alta en Hacienda a través del modelo 036 o 037. En este trámite, se elige la actividad económica que se va a desarrollar, el régimen fiscal aplicable y otros aspectos relevantes como el IVA o el IRPF.

4.2. Alta en la Seguridad Social (RETA)

Posteriormente, se debe dar de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) en un plazo máximo de 60 días antes de iniciar la actividad. En este paso se elige la base de cotización y se aplica, si corresponde, la **tarifa plana** u otras bonificaciones.

4.3. Obligaciones Fiscales y Contables

Una vez dado de alta, el autónomo debe cumplir con una serie de obligaciones fiscales, como la presentación de las declaraciones trimestrales de IVA (modelo 303) e IRPF (modelo 130), además de llevar un control de su contabilidad y facturación.

5. Consecuencias de No Darse de Alta como Autónomo

Si se realiza una actividad económica habitual sin darse de alta como autónomo, se pueden enfrentar sanciones por parte de la Seguridad Social y Hacienda. Las consecuencias pueden incluir:

– Sanciones económicas: Multas por no estar dado de alta, que pueden incrementarse si se demuestra habitualidad en la actividad.
– Reclamación de cuotas atrasadas: La Seguridad Social puede exigir el pago de las cuotas no abonadas, con recargos e intereses.
– Inspecciones y auditorías: Tanto la Seguridad Social como Hacienda pueden realizar inspecciones para verificar el cumplimiento de las obligaciones.

6. Conclusiones

Darse de alta como autónomo es obligatorio cuando se realiza una actividad económica habitual y continuada, aunque existen ciertos matices según la situación específica de cada persona. La habitualidad, los ingresos y la naturaleza de la actividad son los factores clave para determinar si es necesario inscribirse en el RETA. En casos de duda, es recomendable consultar con un asesor laboral o fiscal para evitar sanciones y asegurar el cumplimiento de las obligaciones legales.

Hacerse autónomo no solo implica obligaciones, sino también derechos, como acceder a la prestación por cese de actividad, bonificaciones o la posibilidad de establecerse como empresario. Por ello, es fundamental conocer las reglas y los procedimientos para tomar una decisión informada y ajustada a la realidad de cada situación laboral. En nuestra asesoría en Sevilla contamos con un plan de promoción de autónomos para poder ayudarlos durante sus primeros pasos. Contacta con nosotros para conocer un poco más sobre los primeros pasos para hacerse autónomo.