La campaña de la declaración de la renta que comenzará el próximo mes de abril trae como novedad la deducción de 1.000 euros por gastos en guarderías. Desde Gesincor Consultores, con nuestros expertos en asesorías en Sevilla, queremos explicarles por qué puede que no reciba este beneficio. El plazo ya ha sido cerrado, permitiendo acceder tan solo a aquellos que están registrados en escuelas de educación infantil. Por tanto quedan fuera todos los niños que están inscritos en guarderías con licencia y autorización municipal, pero no constan de la autonómica.
Después de la ley orgánica de educación de 2006, los decretos autonómicos establecieron sus propios requisitos para recibir un código de centro. Esta medida salió a la luz en los Presupuestos Generales del Estado de 2018 por primera vez. El decreto ley indica que «en cuanto a la deducción por maternidad, se incrementa el incentivo fiscal cuando tenga que soportar gastos por la custodia del hijo menor de tres años en guarderías o centros educativos autorizados, lo que no solo estimulará la incorporación de la mujer al mercado laboral; sino que, al tenerse en cuenta tales gastos, facilitará la conciliación de la vida familiar y laboral y el acceso del hijo menor de tres años al primer ciclo de la educación infantil«. Entendiendo por gastos derivados de la custodia del hijo las cantidades que perciben «guarderías y centros de educación infantil por la preinscripción y matrícula de dichos menores, la asistencia, en horario general y ampliado, y la alimentación».