En nuestra gestoría en Sevilla queremos hablar del modelo 390. Es un documento que recoge el resumen anual del Iva. Se presenta todos los años con el cierre de cada ejercicio fiscal. Es un modelo complementario al 303 en el cual se detallan todas las operaciones que ha realizado la pyme o el autónomo durante dicho ejercicio. Es un modelo basado en la información por lo que no conlleva ningún recargo.

Características

Tendrá que ser presentado por todos los autónomos y pymes. Su objetivo es demostrar con un resumen anual la correlación con el resto de modelos trimestrales que se han ido presentando a lo largo del ejercicio fiscal.

Desde 2014 quedan exentos de presentar este modelo aquellos autónomos cuya actividad tribute en módulos o quienes estén dedicados a arrendamientos de bienes inmuebles urbanos. A su vez, desde 2017 las grandes empresas, grupos de IVA y las que estén inscritas en el régimen de evolución mensual del IVA no están obligados a presentar este modelo.

Si la Agencia Tributaria observa alguna discrepancia entre modelos puede actuar y llevar a cabo comprobaciones tributarias. Para la presentación de este modelo habrá un plazo del 1 al 30 de enero del año siguiente que estamos declarando y coincida con la presentación del modelo 303 del ejercicio anterior.

Actualmente podemos presentarlo por internet con la utilización del certificado electrónico o a través de la clave PIN en la Sede Electrónica de Hacienda. Haber entregado anteriormente el modelo 303 será de gran utilidad para presentar el 390.

En el modelo 390 debe aparecer la siguiente información:

  • Valores entre la base imponible y el valor de la cuota del IVA.
  • Tipo impositivo del IVA.
  • Procedencia del ingreso o gasto.
  • Diferencia entre gastos corrientes y gastos de inversión.

En nuestra gestoría en Sevilla te ayudaremos con los modelos 303 y 390. Contacta con nosotros para más información.